Contenido del Bloque
Curso con Reconocimiento de Interés Sanitario regulado por la Orden de 2 de septiembre de 1993, por la que se establece el reconocimiento de interés sanitario a reuniones científico sanitarias, modificada parcialmente por la Orden de 11 de marzo de 1997.
(Consultar para mayor seguridad las bases de convocatorias y bolsas de trabajo de las diferentes Administraciones Públicas).
Reconocimiento de Interés Sanitario por la Consejería de Sanidad | CS |
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Indice específico de los elementos del bloque
1. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
2. Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud.
3. Atención y cuidados del paciente en las necesidades de movilización.
4. Conceptos generales de higiene hospitalaria.
2. Real Decreto 137/1984, de 11 de enero, sobre estructuras básicas de salud.
3. Atención y cuidados del paciente en las necesidades de movilización.
4. Conceptos generales de higiene hospitalaria.
Unidad 1. Habilidades sociales y comunicación. Factores que facilitan y obstaculizan la comunicación.
Unidad 2. Instrucción 3/2017, sobre medidas a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud.
Unidad 2. Instrucción 3/2017, sobre medidas a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud.
1. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
1.1. Derecho a la protección de la salud.
1.2. Principios Generales.
1.3. Competencias de las Administraciones Públicas.
1.4. Organización general del Sistema Sanitario Público.
1.5. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
1.1. Derecho a la protección de la salud.
1.2. Principios Generales.
1.3. Competencias de las Administraciones Públicas.
1.4. Organización general del Sistema Sanitario Público.
1.5. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
1. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
UNIDAD 1. Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
Objetivos específicos de los elementos del bloque
Analizar los conceptos generales en relación a la higiene hospitalaria y a las necesidades de movilización del paciente.
Analizar el fenómeno de origen multifactorial de posibles conductas disruptivas por parte de algunos ciudadanos frente a profesionales de sector sanitario.
Conocer las bases legales que regula la actividad en el ámbito sanitario, con la finalidad de actuar siempre dentro de la legalidad y respetando los derechos y deberes de los usuarios y de los propios profesionales sanitarios y no sanitarios.
Examinar los principios, competencias, procedimientos y criterios técnicos y organizativos por los que ha de regirse la Prevención de Riesgos Laborales, como parte integrante de la gestión de las actividades diarias en los centros sanitarios.
Conocer los derechos fundamentales del ordenamiento jurídico en materia de protección de datos, así como, los procedimientos que se tenga que realizar en la unidad que corresponda para hacer un uso adecuado de los datos personales de los usuarios.