Contenido del Bloque
Cursos con Reconocimiento de Interés Sanitario regulados por la Orden de 2 de septiembre de 1993, por la que se establece el reconocimiento de interés sanitario a reuniones científico sanitarias, modificada parcialmente por la Orden de 11 de marzo de 1997.
Salvo criterios de excepción en las distintas bases de convocatorias o bolsas de trabajo de las distintas Comunidades Autónomas, estos cursos son válidos como méritos en las convocatorias de la Administración Pública.
(Consultar para mayor seguridad las bases de convocatorias y bolsas de trabajo de las diferentes Administraciones Públicas)
Reconocimiento de Interés Sanitario por la Consejería de Sanidad | CS |
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Indice específico de los elementos del bloque
1.1. Normas generales.
1.2. Clasificación del Personal Estatutario.
1.3. Derechos y deberes.
1.4. Adquisición y pérdida de la condición de Personal Estatutario Fijo.
1.5. Provisión de plazas, selección y promoción interna.
1.6. Movilidad.
1.7. Carrera Profesional.
1.8. Retribuciones.
1.9. Jornadas permisos y licencias.
1.10. Situaciones administrativas.
1.11. Régimen disciplinario.
1.12. Derechos de representación, participación y negociación colectiva.
1.2. Clasificación del Personal Estatutario.
1.3. Derechos y deberes.
1.4. Adquisición y pérdida de la condición de Personal Estatutario Fijo.
1.5. Provisión de plazas, selección y promoción interna.
1.6. Movilidad.
1.7. Carrera Profesional.
1.8. Retribuciones.
1.9. Jornadas permisos y licencias.
1.10. Situaciones administrativas.
1.11. Régimen disciplinario.
1.12. Derechos de representación, participación y negociación colectiva.
1. Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
1.1. Derecho a la protección de la salud.
1.2. Principios Generales.
1.3. Competencias de las Administraciones Públicas.
1.4. Organización general del Sistema Sanitario Público.
1.5. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
1.1. Derecho a la protección de la salud.
1.2. Principios Generales.
1.3. Competencias de las Administraciones Públicas.
1.4. Organización general del Sistema Sanitario Público.
1.5. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
Módulo 1. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Unidad 1.De los interesados en el procedimiento.
Unidad 2. De la actividad de las administraciones públicas.
Unidad 3. De los actos administrativos.
Unidad 4. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
Unidad 5. De la revisión de los actos en vía administrativa.
Unidad 6. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
Unidad 1.De los interesados en el procedimiento.
Unidad 2. De la actividad de las administraciones públicas.
Unidad 3. De los actos administrativos.
Unidad 4. De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común
Unidad 5. De la revisión de los actos en vía administrativa.
Unidad 6. De la iniciativa legislativa y de la potestad para dictar reglamentos y otras disposiciones.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Unidad 1. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.
Unidad 2. Administración General del Estado.
Unidad 3. Organización y funcionamiento del sector público institucional.
Unidad 4. Relaciones interadministrativas.
Unidad 5. Disposiciones adicionales.
Unidad 1. Disposiciones generales, principios de actuación y funcionamiento del sector público.
Unidad 2. Administración General del Estado.
Unidad 3. Organización y funcionamiento del sector público institucional.
Unidad 4. Relaciones interadministrativas.
Unidad 5. Disposiciones adicionales.
UNIDAD 1. Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
UNIDAD 1. Principios generales.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios básicos.
Artículo 3. Las definiciones legales.
UNIDAD 2. El derecho de información sanitaria.
Artículo 4. Derecho a la información asistencial.
Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.
Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica.
UNIDAD 3. Derecho a la intimidad.
Artículo 7. El derecho a la intimidad.
UNIDAD 4. El respeto de la autonomía del paciente.
Artículo 8. Consentimiento informado.
Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación.
Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito.
Artículo 11. Instrucciones previas.
Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud.
Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro.
UNIDAD 5. La historia clínica.
Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.
Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente.
Artículo 16. Usos de la historia clínica.
Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.
Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica.
Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica.
UNIDAD 6. Informe de alta y otra documentación clínica.
Artículo 20. Informe de alta.
Artículo 21. El alta del paciente.
Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios básicos.
Artículo 3. Las definiciones legales.
UNIDAD 2. El derecho de información sanitaria.
Artículo 4. Derecho a la información asistencial.
Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.
Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica.
UNIDAD 3. Derecho a la intimidad.
Artículo 7. El derecho a la intimidad.
UNIDAD 4. El respeto de la autonomía del paciente.
Artículo 8. Consentimiento informado.
Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación.
Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito.
Artículo 11. Instrucciones previas.
Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud.
Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro.
UNIDAD 5. La historia clínica.
Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.
Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente.
Artículo 16. Usos de la historia clínica.
Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.
Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica.
Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica.
UNIDAD 6. Informe de alta y otra documentación clínica.
Artículo 20. Informe de alta.
Artículo 21. El alta del paciente.
Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa.
Objetivos específicos de los elementos del bloque
Conocer las bases reguladoras de la relación funcionarial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud.
Conocer las bases legales que regula la actividad en el ámbito sanitario, con la finalidad de actuar siempre dentro de la legalidad y respetando los derechos y deberes de los usuarios y de los propios profesionales sanitarios y no sanitarios.
Conocer la normativa relacionada con el procedimiento administrativo común en las Administraciones Públicas.
Valorar el régimen jurídico que regula el correcto funcionamiento del sector público.
Conocer los derechos fundamentales del ordenamiento jurídico en materia de protección de datos, así como, los procedimientos que se tenga que realizar en la unidad que corresponda para hacer un uso adecuado de los datos personales de los usuarios.
Analizar los principios generales de la Ley, tales como la información clínica, el consentimiento, las instrucciones previas o la documentación clínica.