Contenido del Bloque
Cursos con Reconocimiento de Interés Sanitario regulados por la Orden de 2 de septiembre de 1993, por la que se establece el reconocimiento de interés sanitario a reuniones científico sanitarias, modificada parcialmente por la Orden de 11 de marzo de 1997.
Salvo criterios de excepción en las distintas bases de convocatorias o bolsas de trabajo de las distintas Comunidades Autónomas, estos cursos son válidos como méritos en las convocatorias de la Administración Pública.
(Consultar para mayor seguridad las bases de convocatorias y bolsas de trabajo de las diferentes Administraciones Públicas)
Estos cursos son de enseñanza no reglada y sin carácter oficial.
Reconocimiento de Interés Sanitario por la Consejería de Sanidad | CS |
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Indice específico de los elementos del bloque
Unidad 1. Habilidades sociales y comunicación. Factores que facilitan y obstaculizan la comunicación.
Unidad 2. Instrucción 3/2017, sobre medidas a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud.
Unidad 2. Instrucción 3/2017, sobre medidas a adoptar frente a agresiones a profesionales de la salud.
1. Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración. Resolución de 5 de mayo de 2011, de la Secretaría de Estado para la Función Pública.
2. Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado.
3. Acuerdo marco europeo sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo.
4. Constitución Española: artículos 10, 14, 15, 16 y 18.
2. Protocolo de actuación frente al acoso laboral en la Administración General del Estado.
3. Acuerdo marco europeo sobre acoso y violencia en el lugar de trabajo.
4. Constitución Española: artículos 10, 14, 15, 16 y 18.
1. Clasificación de los residuos.
2. Control y gestión de los residuos.
2.1 Segregación y envasado.
2.2 Recogida y transporte interno.
2.3 Almacenamiento temporal y almacenamiento final.
2.4 Tratamiento y eliminación.
2.5 Prevención de residuos sanitarios.
3. Manipulación de citostáticos.
3.1 Recomendaciones generales.
3.2 Recepción y almacenamiento.
3.3 Área de trabajo.
3.4 Preparación y reconstitución.
3.5 Transporte.
3.6 Administración.
3.7 Características y utilización de los equipos de protección de uso obligatorio.
3.7.1 Guantes.
3.7.2 Bata.
3.7.3 Gorro.
3.7.4 Mascarilla.
3.7.5 Gafas con protección lateral.
3.7.6 Calzas o calzado específico para la sala de preparación.
3.8 Tratamiento de los residuos citostáticos.
3.8.1 Gestión de residuos citostáticos.
3.8.2 Excretas de los pacientes.
3.8.3 Tratamiento de derrames y exposiciones accidentales.
2. Control y gestión de los residuos.
2.1 Segregación y envasado.
2.2 Recogida y transporte interno.
2.3 Almacenamiento temporal y almacenamiento final.
2.4 Tratamiento y eliminación.
2.5 Prevención de residuos sanitarios.
3. Manipulación de citostáticos.
3.1 Recomendaciones generales.
3.2 Recepción y almacenamiento.
3.3 Área de trabajo.
3.4 Preparación y reconstitución.
3.5 Transporte.
3.6 Administración.
3.7 Características y utilización de los equipos de protección de uso obligatorio.
3.7.1 Guantes.
3.7.2 Bata.
3.7.3 Gorro.
3.7.4 Mascarilla.
3.7.5 Gafas con protección lateral.
3.7.6 Calzas o calzado específico para la sala de preparación.
3.8 Tratamiento de los residuos citostáticos.
3.8.1 Gestión de residuos citostáticos.
3.8.2 Excretas de los pacientes.
3.8.3 Tratamiento de derrames y exposiciones accidentales.
UNIDAD 1. Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales. Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
UNIDAD 2. Privacidad y seguridad en internet.
UNIDAD 3. Protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Reglamento (UE) 2016/679 del parlamento europeo y del consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la directiva 95/46/ce (Reglamento general de protección de datos).
UNIDAD 1. Principios generales.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios básicos.
Artículo 3. Las definiciones legales.
UNIDAD 2. El derecho de información sanitaria.
Artículo 4. Derecho a la información asistencial.
Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.
Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica.
UNIDAD 3. Derecho a la intimidad.
Artículo 7. El derecho a la intimidad.
UNIDAD 4. El respeto de la autonomía del paciente.
Artículo 8. Consentimiento informado.
Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación.
Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito.
Artículo 11. Instrucciones previas.
Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud.
Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro.
UNIDAD 5. La historia clínica.
Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.
Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente.
Artículo 16. Usos de la historia clínica.
Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.
Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica.
Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica.
UNIDAD 6. Informe de alta y otra documentación clínica.
Artículo 20. Informe de alta.
Artículo 21. El alta del paciente.
Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa.
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
Artículo 2. Principios básicos.
Artículo 3. Las definiciones legales.
UNIDAD 2. El derecho de información sanitaria.
Artículo 4. Derecho a la información asistencial.
Artículo 5. Titular del derecho a la información asistencial.
Artículo 6. Derecho a la información epidemiológica.
UNIDAD 3. Derecho a la intimidad.
Artículo 7. El derecho a la intimidad.
UNIDAD 4. El respeto de la autonomía del paciente.
Artículo 8. Consentimiento informado.
Artículo 9. Límites del consentimiento informado y consentimiento por representación.
Artículo 10. Condiciones de la información y consentimiento por escrito.
Artículo 11. Instrucciones previas.
Artículo 12. Información en el Sistema Nacional de Salud.
Artículo 13. Derecho a la información para la elección de médico y de centro.
UNIDAD 5. La historia clínica.
Artículo 14. Definición y archivo de la historia clínica.
Artículo 15. Contenido de la historia clínica de cada paciente.
Artículo 16. Usos de la historia clínica.
Artículo 17. La conservación de la documentación clínica.
Artículo 18. Derechos de acceso a la historia clínica.
Artículo 19. Derechos relacionados con la custodia de la historia clínica.
UNIDAD 6. Informe de alta y otra documentación clínica.
Artículo 20. Informe de alta.
Artículo 21. El alta del paciente.
Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Artículo 23. Obligaciones profesionales de información técnica, estadística y administrativa.
1. Principios fundamentales de la bioética.
1.1 Obligaciones de la bioética.
1.2 Principios de la bioética.
1.2.1 Principio de autonomía.
1.2.2 Principio de beneficencia.
1.2.3 Principio de justicia.
1.2.4 Principio de no maleficencia.
2. Deontología profesional
2.1. Secreto profesional
2.1.1. Regulación jurídica del secreto profesional.
2.2. Dilemas éticos.
2.2.1. Consideraciones ético-legales en el aborto.
2.2.2. Consideraciones ético-legales en la eutanasia y muerte.
2.3. Responsabilidad profesional.
2.3.1. Responsabilidad penal.
2.3.2. Responsabilidad civil.
2.3.3. Responsabilidad administrativa.
1.1 Obligaciones de la bioética.
1.2 Principios de la bioética.
1.2.1 Principio de autonomía.
1.2.2 Principio de beneficencia.
1.2.3 Principio de justicia.
1.2.4 Principio de no maleficencia.
2. Deontología profesional
2.1. Secreto profesional
2.1.1. Regulación jurídica del secreto profesional.
2.2. Dilemas éticos.
2.2.1. Consideraciones ético-legales en el aborto.
2.2.2. Consideraciones ético-legales en la eutanasia y muerte.
2.3. Responsabilidad profesional.
2.3.1. Responsabilidad penal.
2.3.2. Responsabilidad civil.
2.3.3. Responsabilidad administrativa.
Objetivos específicos de los elementos del bloque
Analizar el fenómeno de origen multifactorial de posibles conductas disruptivas por parte de algunos ciudadanos frente a profesionales de sector sanitario.
Conocer las situaciones de acoso laboral “mobbing” en el entorno sanitario.
Reconocer la importancia de la gestión ambiental en los centros sanitarios y/o hospitalarios, siendo éstos responsables del manejo de los residuos sólidos originados y aquellos otros aspectos que producen un impacto ambiental negativo.
Conocer los derechos fundamentales del ordenamiento jurídico en materia de protección de datos, así como, los procedimientos que se tenga que realizar en la unidad que corresponda para hacer un uso adecuado de los datos personales de los usuarios.
Analizar los principios generales de la Ley, tales como la información clínica, el consentimiento, las instrucciones previas o la documentación clínica.
Conocer la importancia como profesionales del ámbito sanitario de comprometerse a actuar conforme a una conducta éticamente positiva y normas jurídicas vigentes.