Contenido / Indice
1.1. Introducción. Normas generales
1.2. Clasificación del personal estatutario
1.3. Planificación y ordenación del personal
1.4. Derechos y deberes
1.5. Adquisición y pérdida de la condición de personal estatutario fijo
1.6. Provisión de plazas, selección y promoción interna
1.7. Movilidad del personal
1.8. Carrera profesional
1.9. Retribuciones
1.10. Jornada de trabajo, permisos y licencias
1.11. Situaciones del personal estatutario
1.12. Régimen disciplinario
1.13. Incompatibilidades
1.14. Representación, participación y negociación colectiva
Curso con Reconocimiento de Interés Sanitario regulado por la Orden de 2 de septiembre de 1993, por la que se establece el reconocimiento de interés sanitario a reuniones científico sanitarias, modificada parcialmente por la Orden de 11 de marzo de 1997.
Estos cursos son puntuables, baremables como méritos en la mayoría de convocatorias de la Administración Pública del Sistema Nacional de Salud (Servicio Andaluz de Salud SAS, Servicio Murciano de Salud SMS, Servicio Extremeño de Salud SES, Servicio de Salud de Castilla-La Mancha SESCAM, Agencia Valenciana de Salud AVS, Servicio Madrileño de Salud SERMAS, Gerencia Regional de Salud SACYL, Servicio Aragonés de Salud SALUD, Servicio Catalán de Salud CATSALUD, Servicio de Salud de las Islas Baleares IB-SALUT, Servicio Navarro de Salud OSASUNBIDEA, Gerencia Servicio Riojano de Salud SERIS, Servicio Vasco de Salud OSAKIDETZA, Servicio Cántabro de Salud SCS, Servicio de Salud del Principado de Asturias SESPA, Servicio Gallego de Salud SERGAS, Servicio Canario de Salud SCS y otras Administraciones Públicas para concurso-oposición, bolsas de contratación, traslados, etc.), salvo criterios de excepción en las distintas bases de convocatorias o bolsas de trabajo de las diferentes Comunidades Autónoma
Consultar para mayor seguridad las bases de convocatorias y bolsas de trabajo de las diferentes Administraciones Públicas.
Reconocimiento de Interés Sanitario por la Consejería de Sanidad de Galicia | CSG |
---|
Conocer las bases reguladoras de la relación funcionarial del personal estatutario de los servicios de salud que conforman el Sistema Nacional de Salud.